¿Qué hace la SESEA?
La Secretaría Ejecutiva (SESEA) es un órgano de apoyo técnico al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, y le corresponde:
- Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos del Comité Coordinador
- Elaborar anteproyectos de indicadores
- Elaborar anteproyectos de políticas públicas en materia anticorrupción
- Realizar evaluaciones sobre las políticas en materia anticorrupción que se implementen
- Elaborar los anteproyectos de informes del Sistema Estatal
- Realizar estudios especializados en la materia
- Administrar la Plataforma Digital Estatal
- Integrar sistemas de información para que los resultados de las evaluaciones sean públicos
- Recibir, clasificar y turnar a la instancia competente las denuncias ciudadanas por actos de corrupción o faltas administrativas
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Michoacán, corresponde al Secretario Técnico ejercer la dirección de la Secretaría Ejecutiva.
Adicionalmente tiene las siguientes funciones:
- Actuar como Secretario del Comité Coordinador y del Órgano de Gobierno;
- Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Comité Coordinador y del Órgano de Gobierno;
- Elaborar y certificar los acuerdos que se tomen en el Comité Coordinador y en el Órgano de Gobierno y el de los instrumentos jurídicos que se generen en el seno del mismo, llevando el archivo correspondiente de los mismos en términos de las disposiciones aplicables;
- Elaborar los anteproyectos de metodologías, indicadores y políticas integrales para ser discutidas en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidas a la consideración del Comité coordinador;
- Proponer a la Comisión Ejecutiva las evaluaciones que se llevarán a cabo de las políticas integrales en materia anticorrupción;
- Realizar el trabajo técnico para la preparación de documentos que se llevarán como propuestas de acuerdo al Comité Coordinador, al Órgano de Gobierno y a la Comisión Ejecutiva;
- Preparar el proyecto de calendario de los trabajos del Comité, del Órgano de Gobierno y de la Comisión Ejecutiva;
- Elaborar los anteproyectos de informes del Sistema Estatal, someterlos a la revisión y observación de la Comisión Ejecutiva y remitirlos al Comité Coordinador para su aprobación;
- Realizar estudios especializados en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos por acuerdo del Comité Coordinador;
- Administrar la plataforma digital estatal que establecerá el Comité Coordinador;
- Integrar los sistemas de información necesarios para que los resultados de las evaluaciones sean públicos y reflejen los avances o retrocesos en las políticas públicas anticorrupción;
- Proveer a la Comisión Ejecutiva los insumos necesarios para la elaboración de las propuestas que deban ser sometidas al Comité Coordinador;
- Clasificar las denuncias en actos de corrupción o faltas administrativas, turnándolas a la instancia correspondiente en un plazo no mayor a diez días hábiles.